¿Cuál es la multa por no estar dado de alta como autónomo?
Comenzar una actividad laboral por cuenta propia puede ser una experiencia enriquecedora, aunque también bastante dura en los momentos iniciales. Tendrás que encontrar a tus primeros clientes, desarrollar tu negocio y dar a conocer tus servicios en un mercado que a menudo puede ser bastante competitivo.
Es el motivo por el cual algunas personas se arriesgan emprendiendo su negocio sin darse de alta como corresponde. Cabe destacar que esto puede ser un gran error y que, para facilitar los comienzos, hay otros recursos disponibles para los interesados, como un periodo de gratuidad inicial o una serie de bonificaciones durante el primer año.
Pero, ¿por qué no debes trabajar por tu cuenta sin estar dado de alta en régimen de autónomos?, ¿cuál es la multa que se estipula en estos casos? A continuación, resolvemos todas estas dudas.
Las infracciones y las sanciones a los trabajadores autónomos
En el momento en el que decides realizar una o varias actividades económicas por tu cuenta debes darte de alta en régimen de autónomos. Se trata de la forma que tienen de cotizar los trabajadores que no ejercen por cuenta ajena. Esto es lo que va a sumar años de trabajo en tu vida laboral y lo que te permite beneficiarte de la Seguridad Social. Se denomina el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y te ofrece determinados derechos, pero también obligaciones que debes cumplir.
Para los autónomos hay determinados fallos que pueden traer consecuencias, por ejemplo, hacer de forma incorrecta los cálculos en la facturación tendrá un coste mínimo de 150 euros. En el momento en el que las declaraciones trimestrales no se presentan a tiempo también estarán incurriendo en una infracción de sus obligaciones que llevará su consecuente sanción económica.
Hay una serie de responsabilidades fiscales que se deben cumplir y que no tienes por qué conocer al detalle. Esto es relativamente habitual en los emprendedores autónomos, no te preocupes, la buena noticia es que hay abogados especializados en el ámbito laboral que pueden ayudarte con estas gestiones como abogadosduran.com. Si te enfrentas a alguna multa o reclamación por tu actividad, también te ayudarán en tu defensa.
La sanción por no estar de alta como autónomo, ¿cuál es la multa?
Existe la posibilidad de hacer una factura sin estar dado de alta como autónomo, esto es algo que habrás escuchado en alguna ocasión. Se trata de casos en los que las actividades económicas son muy puntuales, por lo tanto, en cuanto empieza a ser algo regular ya será imprescindible. Esto no tiene nada que ver con la cantidad de dinero que se gane, es simplemente por la asiduidad.
Lo que tendrás que hacer es presentar un alta básicamente en Hacienda y en la Seguridad Social para declarar tu actividad económica y para cotizar. Los dos organismos van a emplear sus datos para contrastar la información en el caso de que perciban algún movimiento extraño o que detecten un fraude, así que lo mejor es operar en el marco de la legalidad.
Si lo que han encontrado es que realmente estás trabajando por cuenta propia sin tu correspondiente alta, vas a enfrentarte a sanciones que van desde los 300 hasta los 3000 euros. Como ves, pueden ser bastante elevadas y rara vez te saldrá rentable apostar por esta trampa.
A partir de ese momento también te tramitarán un alta de oficio en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y te cobrarán todos los pagos que han detectado que llevas retrasados desde el comienzo de tu actividad sin declarar. Algunas personas cometen esta infracción para poder seguir cobrando un subsidio por desempleo, sin embargo, en cuanto te pillen también tendrás que devolverlo en su totalidad si es tu caso.
¿Qué ocurre si no pagas las correspondientes cuotas de autónomos?
Hay otras circunstancias diferentes en las que te puedes encontrar. Es el caso de tener una temporada con ingresos muy bajos y que, cuando llegue el momento de pagar la cuota de autónomos, decidas no pagarla para poder abordar otros gastos. Esto también traerá consecuencias que no compensan, por lo que no resulta para nada aconsejable.
Un mes de retraso en este pago, que es obligatorio, va a repercutir en un recargo del 10% correspondiente con tu cuota actual. En segundo mes va a elevarse esta cantidad hasta un 20%. Cuando no atiendes al aviso y arreglas la situación en el plazo que se te solicita, la situación empeora, pues se añadirá otro recargo más del 35%.
Esto trae consigo otros problemas derivados, por ejemplo, la pérdida de las bonificaciones que puedas estar disfrutando. Tampoco podrás solicitar ayudas estatales o autonómicas, pues estas suelen tener como condición que estés al día con tus obligaciones fiscales y tributarias.
Procedimiento a seguir si te han impuesto una sanción en cualquiera de los casos anteriores
¿Qué ocurre cuando te pillan trabajando por tu cuenta sin estar de alta como autónomo o bien saltándote el pago de tus cuotas?
En estas circunstancias tendrás que rellenar el modelo TC1/31 para abonar el pago cuanto antes y que no se te acumulen más sanciones o recargos. Es algo que puedes hacer actualmente de forma telemática y para lo que también te pueden ayudar los abogados especializados en derecho laboral.
Si la infracción de la que te informan no es acorde con tu actividad o, simplemente, no estás de acuerdo con ella, también tendrás la oportunidad de presentar una reclamación con la ayuda de tu abogado.